1F215 Comprensión renovada de la propiedad individual y privada

Comprensión renovada de la propiedad individual y privada:

Para superar la envidia individual y colectiva, y facilitar los valores básicos pertenecientes al bien común (nivel de vida universal) sin contravalor (en términos monetarios), se presupone una redefinición de la propiedad individual o privada y, finalmente, una limitación natural (es decir, no por ley), pero lógica del sistema, de la propiedad privada (en el sentido capitalista tradicional).

La propiedad privada individual excluye todos los sectores de la sociedad que se definen y se enraízan en el bien común. La vivienda individual, en el sentido de tierra/área, puede representar sin embargo propiedad privada (en el sentido de la propiedad de uso individual), siempre y cuando el suelo/área no sobrepase en sus dimensiones al valor máximo que precisa una familia (en el sentido de unidades espaciales definidas, en su caso también de tierras de cultivo dedicadas a garantizar la seguridad alimentaria familiar). Si se trata de terreno para uso agrícola, puede explotarse el campo sobrepasando ese valor, pero sin embargo no puede ser transferido a propiedad privada (tradicionalmente hablando). Para garantizar a toda persona en todo el mundo un alto nivel de vida (nivel de vida universal), es evidente que no es posible la acumulación individual de tierras (por ejemplo, en áreas urbanas residenciales, así como posibles tierras de cultivo agrícola) más allá del valor mínimo familiar, sin un control y orden por parte de la sociedad.

Los alimentos básicos que la sociedad pone a disposición de la humanidad como bien común en el marco del nivel de vida universal, así como la ropa personal que cualquiera tiene derecho a ella y los bienes necesarios para las actividades culturales y de ocio, son propiedad individual de uso de cada persona.

 En general, el bien común a crear y las prestaciones que pertenecen al nivel de vida universal pueden entenderse como propiedad privada individual, en el sentido de que nadie y ninguna autoridad podrá exigir al individuo tales bienes y servicios porque la sociedad los garantizada como derechos básicos fundamentales…